2. Protokoloa
OBLIGACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:
Los poseedores de perros deberán tenerlos identificados con microchip. Su implantación debe ser realizada por veterinarios oficiales habilitados y censados en el Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (REGIA), en plazo de un mes desde el nacimiento o adquisición del perro. Igualmente las modificaciones por cambio de dueño, domicilio, pérdida, robo, etc. se comunicarán al REGIA
ANIMALES ABANDONADOS:
Corresponderá al servicio de vigilancia municipal (Alguacil) del Ayuntamiento de Idiazabal la recogida de los animales abandonados y de aquellos que, aun portando su identificación, vaguen libremente sin el control de sus poseedores, reteniéndolos hasta que sean recuperados, cedidos o sacrificados. En estos casos, el Ayuntamiento de Idiazabal se pone en contacto con la Asociación Protectora de Animales y Plantas de Usurbil que presta el servicio de protección y defensa de estos animales.
La tenencia de los animales de compañía conlleva respetar unas normas de conducta por parte de los/as propietarios/as para el bienestar de los animales y del resto de ciudadanos/as. Las infracciones de las normas de conducta están previstas en la Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales.
Competencia | ALCALDE | PLENO | DFG |
Sanciones | 30 - 300,50 euros | 300,51 - 1502,53 euros | 502,54 - 15.025,30 euros |
Infracciones | Leves | Graves | Muy graves |
Tipifikatutako portaerak |
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